El hecho de pre-registrarse y hacer la inscripción al Estatuto de Protección Temporal, no garantiza que el usuario sea beneficiario del mismo al final del proceso. Por lo tanto, mientras se lleva a cabo, el ciudadano venezolano no podrá acceder a los servicios de salud.
Solo cuando la persona haya finalizado el proceso, es decir, ya sea beneficiario del Permiso por Protección Temporal (PPT) y cuente con la respectiva tarjeta que otorgará Migración Colombia, podrá acceder a estos servicios de salud, educación, empleo, entre otros.
Estos son los beneficios en salud a los que podrás acceder cuando seas beneficiario del Estatuto
Los ciudadanos venezolanos entran al sistema de seguridad social en salud, primero en el régimen subsidiado y posteriormente al contributivo.
Permitirá minimizar los costos en atención en los centros de salud y activará las posibilidades de prevención y vacunación.
La caracterización del registro identificará a la población con discapacidad y se orientarán atenciones en materia de salud sexual y reproductiva.
Podrán afiliarse a una EPS y tendrán derecho al uso del sistema de salud de manera formal como consultas generales, otras complejidades y no sólo cuando haya situaciones de urgencia.
Ronal Rodríguez, investigador del Observatorio de Venezuela de la Universidad del Rosario, dijo que –citando cifras de Migración Colombia- existen 400.000 ciudadanos venezolanos dentro del sistema de salud y la mitad de ellos se encuentran dentro del sistema contributivo. Los que estén subsidiados regularizarán su situación con el Estatuto y luego pagarán por su atención en salud como cualquier colombiano.